Política

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula la oferta de empleo público de 2016 del Ayuntamiento de Majadahonda

20 de Marzo de 2019. 15:01
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Tras estimar el recurso de apelación presentado por el Grupo Municipal Socialista y el Grupo Municipal Centristas contra la sentencia de 1 de junio de 2018, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula la oferta de empleo público de Majadahonda para el año 2016. “Los grupos municipales Centrista y Socialista ya advertimos al alcalde, en su momento, de las irregularidades que estaban cometiendo en todo el proceso de empleo público” han señalado en un comunicado conjunto.

Los procedimientos llevados a cabo por el gobierno del Partido Popular, en la oferta de empleo público de 2016 han terminado en los tribunales con una sentencia favorable al recurso presentado por Centristas y PSOE “ya que en ningún momento se ajustaron a la legalidad vigente, pese a las numerosas advertencias que realizamos en el Pleno Municipal, tanto al Alcalde, como al Concejal de Recursos Humanos que defendían a capa y espada la legalidad de todo el procedimiento”, señalan su comunicado.

Tal y como recoge el fallo “… y como recoge la Ley de Presupuestos para el año 2016 (LGPE) las administraciones públicas solo podían aplicar una tasa de reposición de sus empleados fijos del 50% salvo en determinados sectores en los que por considerarlos prioritarios, dicha tasa podría llegar al 100%, sin embargo las plazas incluidas en la OEP de 2016 suponen un tasa de reposición del 100%”; “pero no se acredita su carácter prioritario, ni se justifica la acumulación de plazas en otros sectores”, han señalado Mercedes Pedreira, portavoz de Centristas y Socorro Montes de Oca, portavoz del PSOE.

El comunicado también señala que “las irregularidades también se dan al no realizar un estudio individualizado plaza por plaza, para determinar si podían ser repuestas al 100% o solo al 50%”.

Por último las portavoces han querido tranquilizar a los trabajadores municipales que se incorporaron en 2016 siguiendo la citada oferta de empleo público ya que el fallo recoge taxativamente que se reconozca y respete los derechos de los aspirantes ya aprobados “…que no tienen por qué sufrir las consecuencias de unas irregularidades que no les son imputables …”.

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